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Las plataformas digitales con ‘riders’ tendrán que convertir a los autónomos en asalariados

  • ARPE LEGAL
  • 17 may 2021
  • 1 Min. de lectura

La ‘Ley Rider’ aprobada por el Real Decreto-ley 9/2021, modifica el Estatuto de los Trabajadores y establece la presunción de laboralidad de las actividades de reparto efectuadas a través de plataformas digitales, con el fin de garantizar los derechos laborales.


Las plataformas digitales con ‘riders’ tendrán que informar a la representación legal de los trabajadores de las reglas en las que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones con incidencia en los derechos del trabajador, las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo. #leyrider


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