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Zara no modificó las condiciones de trabajo por la pandemia

  • ARPE LEGAL
  • 19 may 2021
  • 1 Min. de lectura

El Tribunal Supremo confirma que las medidas adoptadas por Zara para proteger a sus empleados a causa de la pandemia por COVID-19 no son constitutivas de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.


La demanda que formulaban el Sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores (AST) y CGT frente a la empresa y su Comité de Empresa y las Federaciones de Comercio de UGT, UGT y CC.OO., solicitaba que se declarase nula la modificación de las condiciones de trabajo adoptadas por la empresa al inicio de la pandemia que dejaba sin efectos todos los calendarios laborales y de plantilla anteriores, además de otras medidas relativas a una distribución irregular de la jornada, así como la obligación de los trabajadores de tener plena disponibilidad.


Se estima en la demanda que las medidas adoptadas por la empresa están destinadas a preservar la vida, salud e integridad de los trabajadores en primer lugar, ante una situación marcadamente excepcional, que encuentra su cobertura en la normativa excepcional derivada del estado de alarma, sin que se haya obviado la restante normativa aplicable. Señala la Sala que el empresario deviene en garante de la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos, circunstancias o condiciones de trabajo. #Zara#Covid19#ArpeLegal



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